Programa Docentia

La finalidad última de este modelo es garantizar la mejora de la calidad docente, proporcionar una serie de indicadores que permitan identificar buenas prácticas docentes y guiar la toma de decisiones en materia de política de profesorado. Los objetivos que se persiguen con la evaluación del profesorado universitario, como se establece en el Marco Andaluz de Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado Universitario, son los siguientes:

1. Mejorar la actividad docente del profesorado.

2. Aportar valores de referencia sobre la actividad docente, tanto en el ámbito interno como externo de la Universidad.

3. Apoyar individualmente al profesorado, proporcionándole evidencias contrastadas sobre su docencia para su mejora continua y el perfeccionamiento de sus actuaciones.

4. Aportar evidencias del desarrollo de los Sistemas de Garantía Interna de Calidad de los Títulos, Centros o Universidad.

5. Ayudar al profesorado inmerso en procesos de acreditación, facilitándole datos objetivos sobre el desempeño de su labor docente.

6. Favorecer la introducción de elementos de objetividad, equidad y transparencia en la definición y la ejecución de las políticas de Personal Docente e Investigador.

7. Contribuir a la toma de decisiones fundamentada de las autoridades académicas sobre la actividad docente.

          Tendrá una composición paritaria e integrada por representantes de la UGR, nombrados por el Rector, y por representantes de las organizaciones sindicales, conforme a los criterios de representatividad que establece la Ley Orgánica de Libertad Sindical, nombrados por las propias organizaciones sindicales, de forma que se garantice la calidad del proceso de evaluación, el respeto normativo y de los derechos de los profesores/trabajadores evaluados.

          Esta comisión acordará propuestas sobre:

- La adecuación y adaptación del Manual de Evaluación DOCENTIAUGR al Marco Andaluz de Evaluación.

- La implantación, el desarrollo y la revisión del Manual de Evaluación DOCENTIA-UGR.

- Los criterios reguladores de las diferentes convocatorias.

- El seguimiento del sistema de evaluación y de las circunstancias en el que se desarrolla el mismo.

- La evaluación y revisión periódica del modelo, proponiendo a la Comisión de Evaluación y Calidad las modificaciones que estime necesarias para la adecuación del modelo.

- Todos aquellos asuntos que el Marco Andaluz deja a la competencia de las Universidades.

          La composición de esta comisión es la siguiente:

  1. Representantes de la UGR:

     - Presidencia: El Rector o persona en quien delegue.

     - Secretaría: Responsable de Evaluación Docente.

     - Vicerrector/a con competencias en materia de Profesorado o persona en quien delegue.

     - Tres representantes de la Universidad, entre quienes se incluyen representantes de los centros, los departamentos y el estudiantado, según corresponda.

     - Dos estudiantes.

  2. Representantes de las organizaciones sindicales, elegidos o elegidas según los criterios de representatividad que establece la Ley Orgánica de Libertad Sindical y nombrados o nombradas por las propias organizaciones.

 

          Comisión técnica encargada de llevar a cabo la valoración de cada una de las variables en las que se concretan las dimensiones del presente modelo de evaluación, contrastando las evidencias aportadas por los distintos agentes implicados, emitiendo el correspondiente informe final de evaluación. Asimismo, será la encargada de responder a las solicitudes de revisión que puedan producirse.

          La composición de esta comisión es la siguiente:

- Un Presidente o una Presidenta, que deberá ser docente, nombrado por el Consejo de Gobierno a propuesta del Rector.

- Un Secretario o una Secretaria, perteneciente al Personal de Administración y Servicios de la UCIP, nombrado por el Consejo de Gobierno a propuesta del Rector

- Cinco docentes, nombrados por el Consejo de Gobierno, considerando las distintas ramas de conocimiento, que deberán:

          1. Tener más de diez años de experiencia docente.

          2. No podrán estar inmersos en este proceso de evaluación.

          3. Haber obtenido una valoración igual o superior a 90 puntos, en caso de haber solicitado su evaluación docente en la UGR.

- Un miembro de cada una de las organizaciones sindicales con presencia en la representación del PDI, con voz pero sin voto.

- Un o una representante técnico de la UCIP, responsable en materia de calidad y/o evaluación en la Universidad, que desarrollará funciones de asesoramiento y apoyo técnico, con voz pero sin voto.

- Un o una estudiante representante del Consejo Andaluz de Estudiantes que pertenezca al Consejo de Estudiantes de la Universidad, con voz pero sin voto.

- Un agente externo y no vinculado a la UGR, a propuesta del Consejo Social y/o DEVA, con voz pero sin voto.